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Aprobada la normativa para animales peligrosos

El ayuntamiento de Puerto del Rosario aprobaba en pleno el pasado 25 de febrero la normativa para este tipo de animales peligrosos que hoy publica el Boletín oficial de la provincia.

Hay que recordar que se consideran animales potencialmente peligrosos todos los que, perteneciendo a la fauna salvaje, y siendo utilizados como animales domésticos, o de compañía, con independencia de su agresividad, pertenecen a especies o razas que tengan capacidad de causar la muerte o lesiones a las personas o a otros animales y daños a las cosas.

También tendrán la calificación de Potencialmente Peligrosos, los animales domésticos o de compañía que reglamentariamente se determinen, en particular, los pertenecientes a la especie canina, incluidos dentro de una tipología racial, que por su carácter agresivo, tamaño o potencia de mandíbula, tengan capacidad de causar la muerte o lesiones a las personas o a otros animales y daños a las cosas.

En este sentido se ha elaborado un listado de perros que estarían en esta última categoría, y que en el caso de Puerto del Rosario serían el Pit Bull Terrier, el Staffordshire Bull Terrier, American Staffordshire Terrier, Rottweiler, Dogo Argentino, Fila Brasileiro, Tosa Inu, Akita Inu y Bull Terrier. Además de otros perros que cumplan con requisitos que desarrolla la ley de especial fuerza o fiereza.

Requisitos para la Licencia

Ser mayor de edad y no estar incapacitado para proporcionar los cuidados necesarios al animal.

No haber sido condenado por delitos de homicidio, lesiones, torturas, contra la libertad o contra la integridad moral, la libertad sexual y la salud pública, asociación con banda armada o de narcotráfico, así como no estar privado por resolución judicial del derecho a la tenencia de animales potencialmente peligrosos.

No haber sido sancionado por infracciones graves o muy graves con alguna de las sanciones accesorias de las previstas en el apartado 2 del artículo 23 de la presente Ordenanza. No obstante, no será impedimento para la obtención o, en su caso, renovación de la licencia, haber sido sancionado con la suspensión temporal de la misma, siempre que, en el momento de la solicitud, la sanción de suspensión anteriormente impuesta haya sido cumplida íntegramente.

Disponer de capacidad física y aptitud psicológica para la tenencia de animales potencialmente peligrosos. El certificado de aptitud psicológica, se expedirá una vez superadas las pruebas necesarias para comprobar que no existe enfermedad o deficiencia alguna que pueda suponer incapacidad psíquica o psicológica

Acreditación de haber formalizado un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros con una cobertura no inferior a doscientos mil euros(200.000 €)

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