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El Cabildo amplía la edad para acogerse al bono de transporte de estudiantes con el fin de dar cobertura a alumnado de ESO

El Cabildo de Fuerteventura, a través de la Consejería de Transportes, Accesibilidad y Movilidad Sostenible, ha ampliado el rango de edad de los beneficiarios del bono de estudiantes del transporte regular interurbano de viajeros, con el objetivo de dar cobertura a alumnos y alumnas de educación secundaria obligatoria (ESO), así como de otros centros de estudios de la Isla. De este modo, la edad, que anteriormente comprendía de los 16 a los 28 años, se amplía de los 11 a los 28 años.

“Desde la Consejería hemos posibilitado que estos alumnos y alumnas se beneficien de esta bonificación, atendiendo a una necesidad demandada por los propios estudiantes de ESO”, explica la consejera del área, Lolina Negrín.

Desde enero de 2020 además, el Bono Estudiantes es válido no sólo para el desplazamiento a los centros educativos, sino que abarca también el traslado a otros centros relacionados con las obligaciones educativas como bibliotecas con horario de apertura de 24 horas, archivos de los diferentes términos municipales, centros culturales o participación en jornadas, entre otros. La validez se ha ampliado por lo tanto de lunes a domingo, dentro del periodo escolar, entre el 1 de septiembre y el 30 de junio del año para el que se ha emitido.

Las personas interesadas deben tramitar la adquisición del bono de estudiantes en el Cabildo de Fuerteventura, así como en sus oficinas de atención al ciudadano de Morro Jable, Gran Tarajal y Corralejo, mediante la presentación de la documentación necesaria.

Requisitos y documentación

Deben entregar el impreso normalizado de solicitud de bonificación debidamente cumplimentado. En el caso de menores de 18 años, la solicitud debe venir firmada por el menor y uno de los padres, aportando además copia del DNI, Pasaporte o NIE acompañado del Pasaporte del que firme.

Es preciso adjuntar además una fotografía actualizada tamaño carnet, certificado de empadronamiento o residencia en algún municipio de la Isla vigente en el año en curso.

Los beneficiarios deben tener entre 11 y 28 años al comienzo del curso escolar, que se justificará mediante la aportación de copia del DNI, Pasaporte o número de identificación de extranjeros NIE acompañado del Pasaporte o tener entre 6 y 15 años para aquellos alumnos y alumnas alojados en la residencia escolar de Puerto del Rosario, mediante la acreditación de esta circunstancia con la presentación de documento administrativo que lo acredite.

Los beneficiarios deben estar matriculados en un centro educativo perteneciente a la Comunidad Autónoma de Canarias residenciado en la Isla de Fuerteventura, en el que se imparta Educación Secundaria Obligatoria (ESO), Bachillerato, Ciclos Formativos de Formación Profesional Básico, Medios y Superiores, así como las Extensiones Universitarias de la ULPG, Escuela Oficial de Idiomas, y en otros centros oficiales (UNED) o estar matriculado en los estudios de Bachillerato en Radio ECCA.

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