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Entra en vigor la nueva ordenanza de quads

La nueva ordenanza insular reguladora del tránsito de quads y vehículos similares en espacios naturales protegidos y en las áreas de la Red 2000 entró en vigor este pasado miércoles, tras publicarse el anuncio del Cabildo de Fuerteventura en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP).

El Cabildo, administración competente en la regulación, establece dos tipos de autorizaciones, de régimen general o sometida al sistema de cupos (en cuatro franjas horarias entre 08.00 y 20.00 horas). Se establecen las siguientes rutas: Parque Holandés- Casilla de Costa (La Oliva); Montaña Quemada al punto kilométrico 2.1 de la FV30 (Puerto del Rosario); Playa del Valle (Betancuria); Triquivijate-Poco Negro (Antigua); Juan Gopar-Giniginámar (Tuineje) Ensenada de Gran Valle (Tuineje); Faro de La Entallada (Tuineje); La Pared-Costa Calma (Pájara); Esquino-Barranco de Los Canarios (Pájara) Y Morro Jable-Cofete (Pájara).

En total, las rutas suman 230 kilómetros y, para el presidente del Cabildo, Marcial Morales, deben ser “suficientes” para “ordenar” una actividad, que “puede ser positiva” pero siempre que se lleve a cabo de forma “racional” y que “no deteriore” una “naturaleza privilegiada pero muy frágil”.

En el caso de actividad sin ánimo de lucro para turismos, furgonetas, todoterrenos, vehículos SUV y quad, buggy, moto o que no precisen motor y de un peso inferior a 3,5 Tm no es necesario solicitar autorización administrativa previa y se estipula la presentación de declaración responsable, con los datos del solicitante y el vehículo, la ruta y seguro de responsabilidad civil. En este caso, solo se permite una caravana de seis vehículos por franja horaria.

Para solicitar autorización a actividades con ánimo de lucro, para quads, buggies, motos trial, enduro o cross, turismos, furgonetas, todoterrenos y SUV, se establece en el sistema de cupos, un máximo de 10 vehículos por franja, en todos los casos eléctricos, una vez se publique la convocatoria en el BOP, con los requisitos pertinentes. Si hay más de una empresa que quiera efectuar excursiones en la misma franja horaria de alguna de las rutas citadas se contempla que se efectúe un reparto por sorteo.

Las normas contemplan una velocidad máxima de 30 kilómetros y 20 en curvas y descensos; neumáticos de profundidad de bisurco inferior a 15 mm y diámetro máximo de 34 pulgadas; lugares de estacionamiento, prioridad de senderistas y bicicletas y un protocolo específico de residuos y medidas contra el derrame de aceite.

El Cabildo, como órgano competente, podrá revocar el título administrativo legitimador de la actividad de circulación en caso de incumplimientos y se reserva la aplicación del régimen sancionador que determina sanciones pecuniarios que van de entre los 1.501 y 3.000 euros de las infracciones muy graves, a entre los 751 y 1.500 euros de las graves y entre los 100 y 750 euros de las infracciones leves.

El Cabildo espera contar con tres cuerpos de vigilancia que cursen las denuncias por incumplimientos: el Seprona de la Guardia Civil, las policías locales de los municipios y los propios agentes de Medio Ambiente de la corporación insular, si bien “cualquier ciudadano puede denunciar” un incumplimiento de la ordenanza insular”, indicó Marcial Morales.

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